lunes, 10 de septiembre de 2018

ANTICONCEPTIVOS Y ABORTO EN EL ISLAM



El Islam establece un marco jurídico y encarna un código de ética para proteger los derechos de un individuo, incluyendo el derecho a vivir en una sociedad segura. Para los niños, la seguridad es de suma importancia, sus derechos comienzan incluso antes de nacer; de hecho, comienzan antes de la concepción.

Hoy se os ha permitido todo lo beneficioso. El alimento de quienes han recibido el Libro es lícito para vosotros, y vuestro alimento es lícito para ellos. Y [son lícitas para vosotros] las mujeres honestas de entre las creyentes y las honestas de entre aquellos que recibieron el Libro antes que vosotros, a condición de que les deis su dote para casaros con ellas, no para fornicar ni para tomarlas como amantes. Y quien reniegue de su fe, sus obras habrán sido en vano, y en la Otra Vida se contará entre los perdedores”.(La Mesa Servida 5: 5)

Si alguien pretende tener (relaciones sexuales) con su esposa, debe decir: “Bismillaah, Allahumma yanibnash-Shaitana, wa yannibish-Shaitana ma razaqtana (En el nombre de Allah (SWT). OH, Allah (SWT), mantennos alejados de Shaytán y mantén a Shaytán alejado de lo que has otorgado sobre nosotros)”; y si Allah (SWT) ha decretado un hijo para ellos, Satanás nunca lo dañará” (Al-Bujârî y Muslim)


LA ANTICONCEPCIÓN

El Profeta (SAWS) era consciente de las grandes dificultades económicas provocadas por el exceso de hijos en una situación de pobreza, por lo que consideró lícita la prevención pero en ningún caso el infanticidio.
Yábir ibn ‘Abdullâh dijo: “Solíamos practicar el Coitus Interruptus en el tiempo del Mensajero de Allah (SAWS) y él no nos lo prohibió”. (Al-Bujârî y Muslim)

Aunque es permisible, es considerado Makruh (Desaconsejable), el ‘Azal (retirar) eyacular fuera de la vagina para evitar que la mujer quede embarazada.

El Profeta Muhammad (SAWS) fue preguntado acerca del Coitus Interruptus y dijo: “Es como enterrar a los bebés en secreto”. (Muslim)

El Imâm An-Nawawi dijo: “El Coitus Interruptus es cuando el marido se aparta de la esposa antes de eyacular durante la relación sexual, para eyacular fuera de la vagina. Es Desaconsejable en nuestro punto de vista en todas las circunstancias y con todas las mujeres, ya sea que la mujer lo consienta o no, porque es una forma de evitar tener hijos. Por eso en el reporte es llamado “Enterrar a los bebés en secreto”, porque impide tener descendencia, como matar a un recién nacido enterrándolo vivo. Con respecto a que no está prohibido, nuestros compañeros dijeron que no está
prohibido…”.

Usar métodos de
Anticoncepción es de mutuo acuerdo, por lo tanto si alguna de las parte lo hace sin el consentimiento del otro es considerado Harâm porque tener hijos es el derecho tanto de la esposa como del esposo.
Los expertos dijeron que también es
Harâm que el esposo lo retire ‘Azal de su esposa sin su consentimiento. Sin embargo, si ambos están de acuerdo con la ingesta de estas píldoras, esto está permitido, porque se asemeja al ‘Azal, que practicaban los Sahâba.

Ibn Nuyâim al-Hânafi dijo: “Que la mujer bloquee su útero para evitar tener hijos, es algo prohibido sin el permiso del marido, por analogía con las normas sobre que él practique el Coitus Interruptus sin el permiso de la esposa”.

Existen razones de gran peso para que la esposa evite el tener hijos, como en el caso de que el embarazo le vaya a causar un daño evidente a su salud según el testimonio de doctores confiables, entonces en este caso el derecho del marido a que se le consulte no se aplica, porque el propósito de preservar la salud de la mujer toma precedencia sobre el interés del marido en tener hijos.

El Profeta (SAWS) dijo: “Que nadie se lastime a sí mismo ni a otros”. (Ibn Mâyah, clasificado como bueno por An-Nawawi).

El Shêij Muhammad ibn ‘Uzaimîn dijo: “Si el marido ve que su esposa será afectada al quedar embarazada, entonces debe darle permiso para que use anticonceptivos, o él mismo debe usarlos, por compasión hacia ella, hasta que ella se encuentre lo suficientemente fuerte para eso”.

EL ABORTO

El Aborto no se menciona en el Corán, donde la referencia más cercana está más relacionada con el Infanticidio que con el Aborto:
No matéis a vuestros hijos por temor a la miseria, nosotros los proveemos a ellos y a vosotros. Que los matéis es una falta enorme”. (El Viaje Nocturno 17: 31)


De hecho, si se hubiera querido prohibir el Aborto, el conjunto de Aleyas en el que este mandato se halla recogido habría sido bastante propicio para hacerlo, por hablarse de la Fornicación:
Y no os acerquéis a la fornicación pues ello es una indecencia y un mal camino”. (El Viaje Nocturno 17: 32)

Del Asesinato:
Y no matéis a nadie que Allah haya hecho inviolable a menos que sea por derecho. Si alguien muere habiendo sido matado injustamente, damos autoridad a su walî; pero que no cometa ningún exceso en matar pues realmente [su derecho] ha sido amparado”. (El Viaje Nocturno 17: 33)

De los Huérfanos:
Y no os acerquéis a la riqueza del huérfano, sino es con lo que más le beneficie, hasta que no haya alcanzado la pubertad. Y cumplid los pactos, pues es cierto que se os pedirán cuentas por ellos”. (El Viaje Nocturno 17: 34)

Cosa que, sin embargo, no se hace.

El Islam defiende la vida desde su mismísimo inicio, algo en lo que, teóricamente hablando, no se diferencia del Cristianismo. La diferencia comienza cuando se debate en qué preciso momento comienza esa vida. Y así, mientras el Cristianismo el asunto está meridianamente claro:
La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción”. (Catecismo, artículo 2270)

En el Islam, por el contrario, uno de los problemas que se plantea es, precisamente, el del momento en el que el alma le es insuflada al Feto y esa vida comienza. Un momento que no coincide necesariamente con la concepción, y que varía según las distintas Escuelas Jurídicas, según los distintos autores, e incluso según los distintos Ahadîz: desde los que sostienen que ello sucede a los 40 días de la concepción, hasta los que defienden que han de transcurrir hasta 120 días, cuatro meses nada menos, para que ello ocurra.

A modo de ejemplo, un Hadîz recogido por Al-Bujârî, sostiene que según Abû Huraira, habría dicho Ibn Mas‘ûd: “Oí al Mensajero de Allah (SAWS) decir: “Cuando el óvulo fecundado cumple cuarenta y dos noches Allah (SWT) envía a un Ángel para que le dé forma, le dote de oídos y vista y le dé su piel, su carne y sus huesos” ”.

La norma general en el Islam es que el Aborto es Ilícito (Harâm) ya que la vida es un don sagrado de Allah (SWT). Así, sólo puede ser tolerado por motivos médicos (grave peligro para la madre y estado de desarrollo del Feto)
Para los musulmanes existe un fase clara entre la concepción y el momento de “
Insuflación del alma” o comienzo de la vida (Nafkh ur rûh).

Para Abortar en este periodo embrionario deben existir razones validadas por los expertos juristas. A partir de ese momento, el Aborto sería considerado un Infanticidio.

Ibn al-Humam dijo en Faz al-Qadir: “¿Está permitido abortar después de quedar embarazada? Está permitido siempre y cuando aún no haya tomado forma humana”.

En otros lugares dice: “Esto sucede sólo después de ciento veinte días, implica que lo que se entiende por “asumir una forma” era la inspiración del alma, de lo contrario no tiene sentido porque asumir una forma visible se produce antes”.

En el caso de una Violación, las razones válidas para un Aborto antes de la Insuflación del alma pueden ser de dos tipos:
1) Con respecto al Feto: malformaciones, deficiencias, enfermedad genética. La decisión eventual de una interrupción de embarazo deberá basarse en diagnóstico médico contrastado

2) Factores con respecto a la madre: peligra la vida o la salud mental, mujer discapacitada físicamente o mentalmente que no podría educar correctamente al hijo y que no haya nadie en la familia que lo pueda hacerlo en su lugar.

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