El
Islam
establece un marco jurídico y encarna un código de ética para
proteger los derechos de un individuo, incluyendo el derecho a vivir
en una sociedad segura. Para los niños, la seguridad es de suma
importancia, sus derechos comienzan incluso antes de nacer; de hecho,
comienzan antes de la concepción.
“Hoy
se os ha permitido todo lo beneficioso. El alimento de quienes han
recibido el Libro es lícito para vosotros, y vuestro alimento es
lícito para ellos. Y
[son
lícitas para vosotros]
las
mujeres honestas de entre las creyentes y las honestas de entre
aquellos que recibieron el Libro antes que vosotros, a condición de
que les deis su dote para casaros con ellas, no para fornicar ni para
tomarlas como amantes. Y quien reniegue de su fe, sus obras habrán
sido en vano, y en la Otra Vida se contará entre los perdedores”.(La
Mesa Servida 5: 5)
“Si
alguien pretende tener (relaciones sexuales) con su esposa, debe
decir: “Bismillaah,
Allahumma yanibnash-Shaitana, wa yannibish-Shaitana ma razaqtana
(En el nombre de Allah
(SWT).
OH, Allah
(SWT),
mantennos alejados de Shaytán
y mantén a Shaytán
alejado de lo que has otorgado sobre nosotros)”; y si Allah
(SWT)
ha decretado un hijo para ellos, Satanás nunca lo dañará”
(Al-Bujârî
y Muslim)
LA
ANTICONCEPCIÓN
El
Profeta
(SAWS)
era consciente de las grandes dificultades económicas provocadas por
el exceso de hijos en una situación de pobreza, por lo que consideró
lícita la prevención pero en ningún caso el infanticidio.
Yábir
ibn ‘Abdullâh
dijo: “Solíamos practicar el Coitus
Interruptus
en el tiempo del Mensajero
de
Allah
(SAWS)
y él no nos lo prohibió”. (Al-Bujârî
y Muslim)
Aunque
es permisible, es considerado Makruh
(Desaconsejable),
el ‘Azal
(retirar) eyacular fuera de la vagina para evitar que la mujer quede
embarazada.
El
Profeta
Muhammad
(SAWS)
fue preguntado acerca del Coitus
Interruptus
y dijo: “Es como enterrar a los bebés en secreto”. (Muslim)
El
Imâm
An-Nawawi
dijo: “El Coitus
Interruptus
es cuando el marido se aparta de la esposa antes de eyacular durante
la relación sexual, para eyacular fuera de la vagina. Es
Desaconsejable
en nuestro punto de vista en todas las circunstancias y con todas las
mujeres, ya sea que la mujer lo consienta o no, porque es una forma
de evitar tener hijos. Por eso en el reporte es llamado “Enterrar a
los bebés en secreto”, porque impide tener descendencia, como
matar a un recién nacido enterrándolo vivo. Con respecto a que no
está prohibido, nuestros compañeros dijeron que no está
prohibido…”.
Usar métodos de Anticoncepción es de mutuo acuerdo, por lo tanto si alguna de las parte lo hace sin el consentimiento del otro es considerado Harâm porque tener hijos es el derecho tanto de la esposa como del esposo.
Los expertos dijeron que también es Harâm que el esposo lo retire ‘Azal de su esposa sin su consentimiento. Sin embargo, si ambos están de acuerdo con la ingesta de estas píldoras, esto está permitido, porque se asemeja al ‘Azal, que practicaban los Sahâba.
Usar métodos de Anticoncepción es de mutuo acuerdo, por lo tanto si alguna de las parte lo hace sin el consentimiento del otro es considerado Harâm porque tener hijos es el derecho tanto de la esposa como del esposo.
Los expertos dijeron que también es Harâm que el esposo lo retire ‘Azal de su esposa sin su consentimiento. Sin embargo, si ambos están de acuerdo con la ingesta de estas píldoras, esto está permitido, porque se asemeja al ‘Azal, que practicaban los Sahâba.
Ibn
Nuyâim al-Hânafi
dijo: “Que la mujer bloquee su útero para evitar tener hijos, es
algo prohibido sin el permiso del marido, por analogía con las
normas sobre que él practique el Coitus
Interruptus
sin el permiso de la esposa”.
Existen razones de gran peso para que la esposa evite el tener hijos, como en el caso de que el embarazo le vaya a causar un daño evidente a su salud según el testimonio de doctores confiables, entonces en este caso el derecho del marido a que se le consulte no se aplica, porque el propósito de preservar la salud de la mujer toma precedencia sobre el interés del marido en tener hijos.
Existen razones de gran peso para que la esposa evite el tener hijos, como en el caso de que el embarazo le vaya a causar un daño evidente a su salud según el testimonio de doctores confiables, entonces en este caso el derecho del marido a que se le consulte no se aplica, porque el propósito de preservar la salud de la mujer toma precedencia sobre el interés del marido en tener hijos.
El
Profeta
(SAWS)
dijo: “Que nadie se lastime a sí mismo ni a otros”. (Ibn
Mâyah,
clasificado como bueno por An-Nawawi).
El
Shêij
Muhammad
ibn ‘Uzaimîn
dijo: “Si el marido ve que su esposa será afectada al quedar
embarazada, entonces debe darle permiso para que use anticonceptivos,
o él mismo debe usarlos, por compasión hacia ella, hasta que ella
se encuentre lo suficientemente fuerte para eso”.
EL
ABORTO
El
Aborto
no se menciona en el Corán,
donde la referencia más cercana está más relacionada con el
Infanticidio
que con el Aborto:
“No
matéis a vuestros hijos por temor a la miseria, nosotros los
proveemos a ellos y a vosotros. Que los matéis es una falta enorme”.
(El
Viaje Nocturno 17: 31)
De
hecho, si se hubiera querido prohibir el Aborto,
el conjunto de Aleyas
en el que este mandato se halla recogido habría sido bastante
propicio para hacerlo, por hablarse de la Fornicación:
“Y
no os acerquéis a la fornicación pues ello es una indecencia y un
mal camino”.
(El
Viaje Nocturno 17: 32)
Del
Asesinato:
“Y
no matéis a nadie que Allah
haya hecho inviolable a menos que sea por derecho. Si alguien muere
habiendo sido matado injustamente, damos autoridad a su walî; pero
que no cometa ningún exceso en matar pues realmente
[su
derecho]
ha
sido amparado”.
(El
Viaje Nocturno 17: 33)
De
los Huérfanos:
“Y
no os acerquéis a la riqueza del huérfano, sino es con lo que más
le beneficie, hasta que no haya alcanzado la pubertad. Y cumplid los
pactos, pues es cierto que se os pedirán cuentas por ellos”.
(El
Viaje Nocturno 17: 34)
Cosa
que, sin embargo, no se hace.
El
Islam
defiende la vida desde su mismísimo inicio, algo en lo que,
teóricamente hablando, no se diferencia del Cristianismo.
La diferencia comienza cuando se debate en qué preciso momento
comienza esa vida. Y así, mientras el Cristianismo
el asunto está meridianamente claro:
“La
vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde
el momento de la concepción”.
(Catecismo,
artículo 2270)
En
el Islam,
por el contrario, uno de los problemas que se plantea es,
precisamente, el del momento en el que el alma le es insuflada al
Feto
y esa vida comienza. Un momento que no coincide necesariamente con la
concepción, y que varía según las distintas Escuelas
Jurídicas,
según los distintos autores, e incluso según los distintos Ahadîz:
desde los que sostienen que ello sucede a los 40
días de la concepción, hasta los que defienden que han de
transcurrir hasta 120
días, cuatro meses nada menos, para que ello ocurra.
A
modo de ejemplo, un Hadîz
recogido por Al-Bujârî,
sostiene que según Abû
Huraira,
habría dicho Ibn
Mas‘ûd:
“Oí al Mensajero
de
Allah
(SAWS)
decir: “Cuando el óvulo fecundado cumple cuarenta y dos noches
Allah
(SWT)
envía a un Ángel
para que le dé forma, le dote de oídos y vista y le dé su piel, su
carne y sus huesos” ”.
La
norma general en el Islam
es que el Aborto
es Ilícito
(Harâm)
ya que la vida es un don sagrado de Allah
(SWT).
Así, sólo puede ser tolerado por motivos médicos (grave peligro
para la madre y estado de desarrollo del Feto)
Para los musulmanes existe un fase clara entre la concepción y el momento de “Insuflación del alma” o comienzo de la vida (Nafkh ur rûh).
Para los musulmanes existe un fase clara entre la concepción y el momento de “Insuflación del alma” o comienzo de la vida (Nafkh ur rûh).
Para
Abortar
en este periodo embrionario deben existir razones validadas por los
expertos juristas. A partir de ese momento, el Aborto
sería considerado un Infanticidio.
Ibn
al-Humam
dijo en Faz
al-Qadir:
“¿Está permitido abortar después de quedar embarazada? Está
permitido siempre y cuando aún no haya tomado forma humana”.
En
otros lugares dice: “Esto sucede sólo después de ciento veinte
días, implica que lo que se entiende por “asumir una forma” era
la inspiración del alma, de lo contrario no tiene sentido porque
asumir una forma visible se produce antes”.
En
el caso de una Violación,
las razones válidas para un Aborto
antes de la Insuflación
del alma pueden ser de dos tipos:
1)
Con respecto al Feto:
malformaciones, deficiencias, enfermedad genética. La decisión
eventual de una interrupción de embarazo deberá basarse en
diagnóstico médico contrastado
2)
Factores con respecto a la madre: peligra la vida o la salud mental,
mujer discapacitada físicamente o mentalmente que no podría educar
correctamente al hijo y que no haya nadie en la familia que lo pueda
hacerlo en su lugar.
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