sábado, 21 de julio de 2018

LA ECONOMÍA EN EL ISLAM



La riqueza es la base con la cual se mantiene la vida.
El Islam considera que el capital es una de las necesidades indispensables sin la cual los individuos
no pueden construir una sociedad civilizada y diversa, ha ordenado que se debe calcular el porcentaje del Zakât o caridad obligatoria. Es algo que se le debe al pobre y a lo que tiene derecho, y está prohibido negárselo o retenerlo.

Algunas de las regulaciones son:
1.- El Islam ha prohibido el cobro de intereses (Usura), porque no le permite a la gente explotar a otros ni apropiarse de su riqueza ilegítimamente.
2.- El Islam anima a la gente a dar prestamos. También incentiva a extender el plazo de pago si el deudor tiene dificultades para pagar el préstamo.
3.- El Islam incentiva a los prestamistas a condonar la deuda completamente si es muy difícil de pagar para el deudor.
4.- Acumular o monopolizar cualquier tipo de bien esta prohibido, porque el comerciante retiene en su posesión productos que la gente necesita sin venderlos hasta que la oferta decae para subir los precios, y luego lo vende al precio que quiere.
Un gobernante puede forzar a quien retiene un articulo a venderlo a un precio razonable, que no vaya en detrimento del vendedor ni del comprador. Si quien monopoliza el articulo rehúsa venderlo a ese precio, el gobernante puede expropiar el articulo retenido y venderlo a un precio razonable para prevenir la escasez.
5.- El Islam ha prohibido cobrar impuestos al vendedor y al importador de productos necesarios. Se considera que este impuesto es tomar el dinero ilícitamente y dárselo a quienes no les pertenece.
6.- El Islam ha prohibido retener la riqueza y no pagar el debido derecho que pertenece a Allah (SWT); tanto el individuo como la sociedad se beneficiarían de ella. La riqueza debe circular en la sociedad para estimular la economía, y esto beneficiara a todos los individuos dentro de la sociedad.
7.- El Islam ha prohibido dar de menos al pesar y medir mercancías, porque esto es una forma de robo y fraude.
8.- El Islam ha prohibido la privatización de los bienes públicos, tales como el agua potable o las pasturas, que no pertenecen a nadie en particular; y también ha prohibido evitar o restringir el acceso a ellos.
9.- El Islam trajo un sistema justo de herencia, a través del cual la riqueza se distribuye entre los legítimos herederos del fallecido, ya sean jóvenes o mayores, hombres o mujeres. Uno de los beneficios de este sistema es que divide las propiedades , sin importar cuántas puedan ser ni cuán extensas, en pequeñas partes, y de esta forma hace imposible que el dinero sea acaparado por una sola persona o grupo.
10.- El Islam legislo los Fideicomisos, que son de dos tipos:
- Fideicomisos privados limitados a la familia y la descendencia del fundador, para salvaguardarlos de la pobreza o la mendicidad. La condición para su validez es que el fideicomiso debe servir a causas caritativas cuando la progenie del fundador cese.
- Fideicomisos públicos que sirven a fines caritativos, tales como construir hospitales, escuelas, calles, bibliotecas publicas, mezquitas, orfanatos, casas cuna o de expósitos, hogares de ancianos, y todo aquello que sirva al interés publico.
(El Fideicomiso es la disposición por la cual el testador deja su herencia o parte de ella encomendada a la buena fe de alguien para que, en caso y tiempo determinados la transmita a otra persona o la invierta del modo que se le señala).
11.- El Islam ha legislado un sistema de legado o donación, por lo tanto, cada musulmán tiene el derecho de legar una parte de su riqueza para ser usada después de su muerte con propósitos de caridad o rectitud sean perjudicados. El Islam ha limitado esta porción a un tercio de tal manera que sus herederos.
12.- El Islam ha prohibido todo aquello que cae bajo la denominación que Allah (SWT) ha dado:
- La Usurpación, porque implica una injusticia contra el prójimo y sembrar la corrupción en la sociedad.
- El Hurto. Para que a una persona se le pueda aplicar el castigo de amputarle la mano, debe reunir las siguientes condiciones:
a) La riqueza debe haber estado al momento del hurto en custodia y protección del propietario.
b) El motivo detrás del ladrón no debe haber sido la necesidad, ya sea de comida, bebida o vestimenta. Si este fuera el caso, no se le puede amputar la mano.
c) La cantidad robada debe reunir el monto mínimo dispuesto para la implementación del castigo. El arrepentimiento del ladrón no es aceptado hasta que devuelve lo que le ha robado a su propietario. Si se arrepiente pero no tiene riquezas, entonces se incentiva al propietario a perdonarlo. Más aun, si el propietario perdona al ladrón antes de que el caso llegue a los tribunales, entonces el castigo es anulado.
- El Engaño y la Estafa.
- El Soborno. Allah (SWT) ha maldecido a quien da un soborno, porque ayuda a difundir la corrupción en la sociedad. Es culpable quien ofrece un soborno, porque intenta obtener algo que no le pertenece por derecho. Allah (SWT) ha maldecido a quien acepta un soborno, porque esta aceptando algo que no es legítimamente suyo y violando la confianza que se le concedió, pues esta aceptando un pago por un deber para el que fue designado en primer lugar.
- El Islam prohibió que una persona venda algo a alguien después de que su hermano esta por cerrar
un trato con él, excepto si el primer comprador se lo permite. Esto es así porque despertará la enemistad y el rencor entre los individuos de la sociedad.

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